Luis Juárez

El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) es la instancia pública encargada de estimar la pobreza en México. Cada año emite los resultados de encuestas que permiten medir los resultados de la política pública que pretende erradicar las marginaciones que padecen la población en condiciones de pobreza del país. El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) es la instancia pública encargada de estimar la pobreza en México. Cada año emite los resultados de encuestas que permiten medir los resultados de la política pública que pretende erradicar las marginaciones que padecen la población en condiciones de pobreza del país.

Las facultades del CONEVAL, así como el concepto mismo de pobreza, se establecieron el 20 de enero de 2004 año en que se emite la Ley General de Desarrollo Social (LGDS) que estableció las bases para la definición y medición multidimensional de la pobreza, “… al apuntar que la pobreza debe considerar no solo el espacio de bienestar económico mediante el ingreso de las personas, sino otros dos espacios fundamentales: el de los derechos sociales y el ámbito territorial concebido para dar cuenta del contexto relacional y comunitario.”

Se reconoce que la pobreza no se limita a los ingresos de las personas, sino también al no ejercicio real de los derechos sociales (carencias sociales). Es decir, una persona se encuentra en condición de pobreza cuando sus ingresos son insuficientes para adquirir alimentación y servicios, o no puede ejercer sus derechos sociales.

En principio se debe evaluar el ejercicio a todos los derechos sociales consagrados en la Constitución, y agregaríamos los derechos humanos y laborales, sin embargo, la ley limita la evaluación al acceso a un número reducido de derechos sociales, lo que muestra el desinterés e incapacidad del estado para asegurar derechos sociales a la población. Específicamente el artículo 36 de la LGDS otorga al CONEVAL la facultad de establecer: “Los lineamientos y criterios … para la definición, identificación y medición de la pobreza” cuya aplicación será obligatoria para “las entidades y dependencias públicas”, y que al menos debe considerar los siguientes indicadores: “I. Ingreso corriente per cápita; II. Rezago educativo promedio en el hogar; III. Acceso a los servicios de salud; IV. Acceso a la seguridad social; V. Calidad y espacios de la vivienda digna y decorosa; VI. Acceso a los servicios básicos en la vivienda digna y decorosa; VII. Acceso a la alimentación nutritiva y de calidad; VIII. Grado de cohesión social, y; IX. Grado de accesibilidad a carretera pavimentada.”

La definición progresiva de incorporar las carencias sociales en la medición de la pobreza, se convirtió en letra muerta el 16 de junio de 2010 cuando en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicaron los “Lineamientos y criterios generales para la definición, identificación y medición de la pobreza”, con un menos 1 carencia social y 18.8% de la población al menos 3 carencias sociales.

Desastre social: la mayoría sin acceso a derechos sociales
Como lo señalamos, en la definición de pobreza multidimensional, CONEVAL considera la medición del acceso a derechos laborales y sociales, en esa definición la carencia social se refiere a la imposibilidad de acceder al menos a uno de los siguientes seis derechos sociales: educación, servicios de salud, seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda y alimentación, cada derecho está asociado a un indicador.

Las mediciones revelan que la mayoría de la población no tiene acceso a derechos sociales y laborales básicos, configurando un verdadero desastre social.
· 68.5% de los hogares con un gasto en alimentación, inferior al costo de la canasta alimentaria
· 47.6% de los hogares en viviendas son rentadas, prestadas o que no disponen de escrituras
· 45.6% de la PEA que nunca ha cotizado a alguna institución de seguridad social
· 42.8% de la población ocupada y asalariada que declara recibir como prestación laboral incapacidad en caso de enfermedad, accidente o maternidad
· 15.6% de la población ocupada y asalariada que declara recibir como prestación laboral guarderías y estancias infantiles
· 36.4% de la población ocupada y asalariada que declara recibir como prestación laboral SAR o AFORE
· 23.8% de la población ocupada y asalariada que declara recibir como prestación laboral seguro de vida
· 22.3% de la población ocupada y asalariada que declara recibir como prestación laboral pensión en caso de invalidez
· 61.4% de la población de 65 años o más, nunca ha cotizado al sistema de seguridad social

El CONEVAL estima que el 71.2% de la población cuenta con al menos 1 carencia social y 18.8% de la población cuenta con al menos 3 carencias sociales, dicho de otro modo, 71.2% de la población no tiene acceso a 1 derecho social constitucional y 18.8% no tiene acceso al menos a 3 derechos sociales constitucionales. Lo que muestra el desinterés del estado en asegurar derechos sociales y laborales y, por tanto, el desastre social del pueblo mexicano.

El propio CONEVAL reconoce la insuficiencia de los indicadores, por lo que elabora indicadores complementarios. El conjunto de los indicadores principales y complementarios muestran graves incumplimientos en materia de derechos documento técnico como Anexo Único denominado Metodología para la medición multidimensional de la pobreza en México… En el artículo octavo de los lineamientos se define la pobreza multidimensional o pobreza:

“La población en situación de pobreza multidimensional será aquella cuyos ingresos sean insuficientes para adquirir los bienes y los servicios que requiere para satisfacer sus necesidades y presente carencia en al menos uno de los siguientes seis indicadores: rezago educativo, acceso a los servicios de salud, acceso a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación.

La definición retrógrada de pobreza multidimensional subestima la medición del número de personas pobres:
· Pobreza= (Población con ingreso a la línea de pobreza extrema por ingresos) –(Población vulnerable por ingresos) = 48.8% – 6.9% = 41.9%
· La pobreza extrema= (Población con ingreso a la línea de pobreza por ingresos) –(Población vulnerable extrema por ingresos) = 16.8% – 9.4% = 7.4%

¡Resulta que la medición de la pobreza multidimensional es menor a la pobreza por ingresos! Contrario a reconocer que la pobreza “…considera las condiciones de vida de la población a partir de tres espacios: el del bienestar económico, el de los derechos sociales y el del contexto territorial”, la interpretación del CONEVAL lo ignora y claramente subestima la pobreza:

· 6.9% de la población no se considera pobre porque no tienen carencias sociales y sus ingresos son insuficientes para adquirir la canasta básica alimentaria y no alimentaria.
· 9.4% de la población no se considera en situación de pobreza extrema porque tienen menos de 3 carencias sociales y sus ingresos son insuficientes para adquirir la canasta básica alimentaria.

Considerando que una persona debe tener bienestar económico, acceso pleno a los derechos sociales y del contexto territorial, entonces la definición congruente de pobreza multidimensional es:

“La población en situación de pobreza multidimensional será aquella cuyos ingresos sean insuficientes para adquirir los bienes y los servicios que requiere para satisfacer sus necesidades o presente carencia en al menos uno de los siguientes seis indicadores: rezago educativo, acceso a los servicios de salud, acceso a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la vivienda y acceso a la alimentación.”

Lo que nos llevaría a las siguientes fór­mulas y resultados:
· Pobreza = “Población con ingreso a la línea de pobreza por ingresos” + “Población vulnerable por carencias sociales” = 48.8% + 29.3% = 78.1%.
· Pobreza extrema = “Población con ingreso a la línea de pobreza extrema por ingresos” + “Población vulnerable por carencias sociales extremas” = 16.8% + 18.8% = 35.6%.

Los valores de 78.1% de la población en pobreza y 35.6% de la población en pobreza extrema, resultan más aproximados a la realidad. Considerando que 71.2% de la población cuenta con al sociales, deficiencias en su medición que mostrarían un desastre social más grave de lo informado por el CONEVAL.

El 57.3% de la población presenta carencia por acceso a la seguridad social, esto es,
“En el caso de la población económicamente activa, asalariada, se considera que no tiene carencia en esta dimensión si disfruta por parte de su trabajo de las prestaciones establecidas en el artículo 2° de la LSS (o sus equivalentes en las legislaciones aplicables al apartado B del artículo 123 constitucional).

  • La población trabajadora no asalariada o independiente, dado el carácter voluntario de la inscripción al sistema por parte de ciertas categorías ocupacionales, se considera que tiene acceso a la seguridad social cuando dispone de servicios médicos como prestación laboral o por contratación voluntaria al régimen obligatorio del IMSS y, además, dispone de SAR o AFORE.
  • La población en general se considera que tiene acceso cuando goza de alguna jubilación o pensión o es familiar de una persona dentro o fuera del hogar con acceso a la seguridad social.
  • La población en edad de jubilación (sesenta y cinco años o más) se considera que tiene acceso a la seguridad social si es beneficiaria de algún programa social de pensiones para adultos mayores, y si el monto recibido como pensión es igual o superior al costo promedio de la canasta básica alimentaria (calculado como el promedio simple de las líneas de pobreza extrema por ingresos en el ámbito rural y urbano, respectivamente).
  • La población que no cumpla con alguno de los criterios antes mencionados se considera en situación de carencia por acceso a la seguridad social.”

Es decir, sólo estima cuántos tienen acceso a los servicios de seguridad social, no indica si el servicio es suficiente o de la calidad necesaria para una vida digna. Globalmente, muestra la pérdida de derechos laborales en materia de salud y jubilación, resultado de la informalidad y la “flexibilidad” laboral. ­

Los datos no deben sorprender si consideramos que el capitalismo tiende a maximizar la ganancia del empresario y minimizar el salario de los trabajadores y trabajadoras, así como no se enfoca en asegurar derechos sociales y laborales, sino vender los servicios a quienes tienen los ingresos suficientes para adquirirlos.

Para acabar con la pobreza se requiere destruir el Estado capitalista para instaurar en su lugar un Estado socialista. Sólo de esta manera se garantizará que la clase trabajadora tenga pleno acceso a sus derechos sociales como son la salud, la educación, la vivienda, empleo y salarios dignos, entre otros derechos. ¡Ante la barbarie capitalista, el futuro socialista!