El Movimiento de Izquierda Revolucionaria se une a la Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros (UNTyPP) en su exigencia para suscribir contrato colectivo con PEMEX, y en la defensa de los derechos laborales y sindicales de sus afiliados.
El movimiento de Técnicos y Profesionistas de PEMEX tiene más de medio siglo defendiendo sus derechos laborales y sindicales. El movimiento consiguió insertarse en el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) en 1973, y fue expulsado del sindicato en 1992 por acuerdo de los dirigentes del STPRM y Pemex, principalmente porque los ingenieros y demás profesionistas rivalizaban y superaban en aptitudes sindicales y directivas, además de sostener una política de defensa a la soberanía energética y la propiedad pública de los recursos energéticos.
La cláusula 3 del contrato colectivo de trabajo del STPRM determina los puestos que son considerados de “confianza” y los excluye de la protección del contrato colectivo, marginando y discriminando a técnicos y profesionistas que ocupan puestos de mando medio.
La UNTYPP es un sindicato reconocido por Pemex (toma de nota), que agrupa principalmente a técnicos y profesionistas, carece de contrato colectivo de trabajo, violando derechos humanos y laborales de los técnicos y profesionistas. Pemex unilateralmente determina la relación laboral a través de reglamentos administrativos, colocando a los técnicos y profesionistas en una situación de vulnerabilidad e inestabilidad laboral, además de facilitar inculpar a los técnicos y profesionistas de los de accidentes industriales. Sólo se utiliza supletoriamente el contrato colectivo del STPRM para demandas laborales de los afiliados de la UNTyPP.
La intervención de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), obligó a Pemex reconocer a la UNTyPP como un interlocutor para resolver algunos casos que afectan a sus afiliados. Sin embargo, continúa la discriminación hacia los afiliados y líderes de la UNTyPP, entre ellas destacan:
- La UNTyPP carece de contrato colectivo.
- Los niveles salariales de la UNTyPP para el mismo puesto son menores a los niveles salariales del STPRM
- La UNTyPP debe presentar todos los asuntos en una oficina única a nivel nacional, en tanto el STPRM puede presentar asuntos en cualquier centro de trabajo.
- Los ascensos a plazas denominadas de confianza se otorgan preferentemente a los afiliados del STPRM, en detrimento de los afiliados de la UNTyPP.
- Pretensión de fiscalizar la voluntad de los afiliados de la UNTyPP para el cobro de cuotas vía nómina, situación que no ocurre para los afiliados del STPRM.
- Los representantes del STPRM cuentan con acceso a todos los centros de trabajo, a los representantes de la UNTyPP se les restringe el acceso a diversos centros de trabajo.
- El STPRM cuenta con libertad para colocar carteles informativos en los centros de trabajo, se prohíbe a la UNTyPP colocar carteles informativos.
¡Contrato Colectivo para la UNTYPP!