En la historia de la educación en México, el sector que ha sido excluido es aquel expresado en las comunidades originarias. Desde la invasión de los españoles, estas comunidades fueron excluidas y relegadas a ser simplemente herramientas de trabajo en los campos, minas y en la construcción de las nuevas ciudades coloniales. Durante el virreinato  –y como un acto de piedad y de misericordia– las comunidades recibieron por parte de los frailes –sobre todo franciscanos y agustinos– una educación evangelizadora. Educación que tuvo como objetivo convertir a la gente de las comunidades en creyentes de la Fe católica.

 

Llegada la consumación de la independencia y pasando por la inestabilidad de la nueva nación, hasta el período de las Leyes de Reforma, las comunidades originarias no fueron tomadas en cuenta. No formaban parte de la construcción de la nueva nación; al contrario, con la Ley de Desamortización se vieron perjudicadas, ya que se les quitaron tierras comunales.

Con la dictadura de Porfirio Díaz, las comunidades originarias fueron tomadas en cuenta por los Tres Congresos Pedagógicos que se realizaron durante este periodo. En dichos congresos se discutió qué se tendría que hacer con los “indios”, ya que a partir de este período a la gente de las comunidades originarias se les comienza a ver como un problema.  Un problema que se tenía que resolver para que el país progresara, por tanto, se elaboraron programas de alfabetización e instrucción elemental.

 

Al triunfo de la Revolución Mexicana, el tema de las comunidades indígenas seguía siendo un problema para los gobiernos revolucionarios, por tanto, se buscó la forma de ya no integrar a los indios al país, sino eliminar eso que según los intelectuales revolucionarios, como José Vasconcelos o Manuel Gamio era el problema: la cultura. Para eliminar la cultura se implementaron varios proyectos entre ellos el proyecto indigenista, que tenía como objetivo principal eliminar la cultura de las personas de las comunidades a partir por ejemplo de la educación bilingüe.

 

Desde esos tiempos y hasta la actualidad siempre se ha implementado una educación para los indígenas, es decir, una educación elaborada por funcionarios de la SEP que simplemente no conocen el contexto de las comunidades que existen en nuestro país. Por lo tanto, elaboran programas o modelos educativos donde, de inicio, no se les toma en cuenta, como en el reciente “Nuevo Modelo Educativo”. De las 217 páginas que constituyen dicho modelo, solamente se menciona para el caso de las comunidades indígenas lo siguiente:

 

FINES DE LA EDUCACIÓN

Se oriente y actúe a partir de valores, se comporte éticamente y conviva de manera armónica; conozca y respete la ley; defienda el Estado de Derecho, la democracia y los derechos humanos; promueva la igualdad de género; valore la diversidad étnica, cultural y lingüística de nuestro país y del mundo; conozca las historias que nos unen, nos dan identidad y pertenencia a un territorio, en el marco de un contexto global; sienta amor por México; tenga creatividad y un sentido estético, aprecie la cultura y las artes; cuide el medio ambiente; participe de manera responsable en la vida pública y haga aportaciones al desarrollo sostenible de su comunidad, su país y el mundo. (Pág. 49)

 

FORMACIÓN INICIAL.

 

En las zonas donde predomine la población indígena es preciso ofrecer programas de formación inicial en preescolar y primaria intercultural bilingüe que promuevan de manera particular el conocimiento de la lengua en que esos futuros maestros previsiblemente han de enseñar. De esta manera, una vez en funciones el docente puede adecuar su enseñanza al contexto lingüístico y sociocultural de sus estudiantes, e incluso elaborar materiales didácticos específicos. (pág. 146)

 

  1. INCLUSIÓN Y EQUIDAD

 

IV.1 Un planteamiento curricular incluyente.

 

Esto significa que el planteamiento curricular debe ser lo suficientemente flexible para que, dentro del marco de objetivos nacionales, cada escuela pueda encontrar la mejor manera de desarrollar el máximo potencial de cada uno de sus alumnos.

Por ello, en la educación básica es fundamental transitar de un currículo rígido y saturado, excesivamente enfocado en la acumulación de conocimientos, hacia uno que promueve que cada comunidad escolar profundice en los aprendizajes clave de sus alumnos, que incluyen el desarrollo de las habilidades socioemocionales y los valores, e incluso les permita definir una parte de los contenidos.

La concreción del planteamiento curricular exige la disponibilidad de materiales educativos de calidad, diversos y pertinentes. De manera general, esto implica la entrega oportuna y en número suficiente de los libros de texto, actualizados y alineados con los propósitos del currículo, en todos los niveles y modalidades. (pág. 155)

 

En el caso particular de escuelas que se encuentran en condiciones de marginación o atienden a grupos poblacionales tradicionalmente excluidos, como hablantes de lenguas indígenas, los hijos de jornaleros agrícolas y migrantes, o los alumnos con alguna discapacidad, el acceso a materiales educativos en formatos diversos y pertinentes es aún más importante para lograr los objetivos de aprendizaje. (Pág. 156)

 

ATENCIÓN A NIÑAS, NIÑOS Y JÓVENES INDÍGENAS E HIJOS DE JORNALEROS AGRÍCOLAS Y MIGRANTES.

 

En primer lugar, se debe reconfigurar la oferta de educación intercultural y bilingüe, a partir de una mejor planeación lingüística de los docentes. También se debe mejorar la formación inicial de docentes en la educación intercultural y bilingüe, al mismo tiempo que se establezcan incentivos para fomentar el desarrollo profesional de los maestros.  Además, se ha demostrado que cuando niñas, niños y jóvenes en situación de desventaja conviven e interactúan en las aulas con personas de mayor capital social, su desempeño escolar mejora considerablemente. (pág. 162)”

 

Como se puede observar prácticamente no existe un modelo educativo para las comunidades indígenas. A lo mucho, se menciona que en el nuevo modelo educativo las personas se tienen que adaptar a la sociedad.  Se debe de ser lo suficientemente flexible y los materiales educativos deben de ser en formatos diversos y pertinentes, que cada escuela que este ubicada en un territorio indígena deberá implementar el modelo educativo. Lo cual viola el artículo segundo constitucional que menciona que

 

La nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional.

 

Es decir, que las comunidades pueden decidir el tipo de educación que ellas requieran, tal como se menciona también el artículo tercero de la Constitución Estatal del Estado de Michoacán que a la letra dice:

El Estado de Michoacán tiene una composición multicultural, pluriétnica y multilingüe sustentada originalmente en sus pueblos y comunidades indígenas.

Se reconoce la existencia de los pueblos indígenas, originarios, p’urhépechas, Nahua, Hñahñú u Otomí Jñatjo o Mazahua, Matlatzinca o Pirinda y a todos aquellos que preservan todas o parte de sus instituciones económicas, sociales, culturales, políticas y territoriales.  

El derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas, asentados en el Estado de Michoacán, se ejercerá en un marco constitucional de autonomía en sus ámbitos comunal, regional y como pueblo indígena.

 

Los pueblos y las comunidades indígenas tendrán los derechos siguientes:

 

XIII. A una educación indígena, intercultural, multilingüe, y multicultural, en todos los niveles educativos, a través de un sistema que defina y reconozca sus propios modelos y métodos culturales de enseñanza y aprendizaje, cuyos enfoques y contenidos serán diseñados, reconocidos y garantizados de manera conjunta entre el Estado y los pueblos indígenas;

 

Articulo 139

 

[…]

 

  1. d) Será intercultural, indígena, multilingüe y multicultural en todos los niveles en las regiones con presencia de pueblos y comunidades indígenas, garantizando la incorporación de los conocimientos indígenas, bajo modelos y programas apropiados de contenido regional, que reconozcan la historia e identidades indígenas; y fomentará la conciencia de la composición multicultural y pluriétnica. El Estado garantizará también la promoción y reconocimiento de la educación tradicional no oficializada a favor de los pueblos y comunidades indígenas.”   

 

Es claro lo que dice la ley, pero también es claro que tanto el gobierno federal como estatal no les importa violentar estos derechos. Tal y como lo hace con los convenios internacionales que ha firmado, como el Convenio 169 de la OIT que menciona lo siguiente;

 

Parte VI. Educación y medios de comunicación.

 

 

  1. Los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos interesados deberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con éstos a fin de responder a sus necesidades particulares, y deberán abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y todas sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales.
  2. La autoridad competente deberá asegurar la formación de miembros de estos pueblos y su participación en la formulación y ejecución de programas de educación, con miras a transferir progresivamente a dichos pueblos la responsabilidad de la realización de esos programas, cuando hay lugar.
  3. Además, los gobiernos deberán RECONOCER EL DERECHO de esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación, siempre que tales instituciones satisfagan las normas mínimas establecidas por la autoridad competente en consulta con sus pueblos.

 

El gobierno debe acatar dicho convenio y por lo tanto, responsabilizarse. Sin embargo, sabemos que no es así. Lo que no favorezca los intereses de los empresarios, no será tomando en cuenta, independientemente de sí está dentro de la Constitución. ¿Qué se tiene qué hacer para que un derecho sea respetado? De inicio conocerlo y hacerlo respetar. Pero esto sólo puede ser posible educándonos políticamente, estudiando para ganar los debates y sin duda ejerciendo desde los territorios comunales, organizando foros para que la gente de la comunidad conozca que tenemos derecho a una educación propia, donde nuestra cultura no sea nada más un relleno, sino la base de nuestra educación.